La normativa mejora la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regula el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalece las instituciones de rehabilitación y reinserción social.
Como un avance sustantivo en materia de seguridad ciudadana fue calificada la promulgación de la ley que fortalece la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, con el objetivo de mejorar la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, regular el destino de bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social.
El Delegado Presidencial Regional, Rodrigo Araya, y el seremi de Justicia y Derechos Humanos, Samuel Navarro, señalaron que la ley busca, entre otras cosas, regular el destino de los bienes incautados en delitos, y pone el foco en el comiso de bienes, incluidos inmuebles, lo que permitirá cortar el financiamiento de quienes se dedican al narcotráfico, también establece la obligación a nuevos sujetos a reportar sobre sus actividades comerciales a la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
“El día de hoy se ha promulgado una ley que combate el narcotráfico y el crimen organizado y que modifica varios instrumentos legales, lo que nos va a permitir perseguir con mayor eficiencia el delito y cortar el círculo del enriquecimiento ilícito que se produce por el narcotráfico. Es una tremenda herramienta que nos va a servir como país, para poder garantizar nuestra seguridad. Los pilares fundamentales en la estrategia de nuestro gobierno, son la seguridad social, seguridad económica y seguridad ciudadana y esto se enmarca, justamente, en seguridad ciudadana y seguridad social”, destacó el Delegado Rodrigo Araya.
La nueva norma sanciona a quien administre a terceros, sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo. Además, castiga a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica.
La ley también establece que si algún delito relacionado a las drogas se comete valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, la pena aumentará en dos grados, cuando se proveyere de armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos.
Decomisos e incautación de bienes de narcotraficantes
Entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público. Igualmente, se podrán destinar a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro.
Se exigirá que su objetivo institucional sea la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción.
“Esta ley va a entregar mayores herramientas a las policías, al Ministerio Público para cortar el círculo del dinero que se obtiene a través de las ganancias del narcotráfico, va a dotar de mayores facultades a la Unidad de Análisis Financiero para que informen aquellas actividades sospechosas en que incurren estos delincuentes, a través de la compra y venta de inmuebles, de automóviles, de equipos de calidad, joyas y otros artículos; de esta forma, dotamos de mayores herramientas para la persecución. Se puede optar también por el comiso temprano de estos bienes y dotarlos para aquellas instituciones como Senda u otras, que trabajan con la prevención del consumo de drogas. Asimismo, se aumentan las penas para el caso de utilización de menores tanto en el tráfico como el proporcionarles armas para apoyar este trabajo delictivo”, precisó el seremi Samuel Navarro.
Con estas modificaciones, las unidades policiales podrán ocupar, por ejemplo, un inmueble que fue decomisado a un narcotraficante por ser fruto del narcotráfico, mientras dura el juicio.
La nueva ley introduce mejoras en los procesos para la enajenación temprana de bienes, posibilitando que el SENDA pueda solicitar esta enajenación. Además, se amplían los bienes susceptibles de ser enajenados tempranamente, esto con el fin de agilizar los procesos.
La legislación también incorpora normas para destinar permanentemente bienes decomisados a instituciones que trabajan en la prevención, reinserción y rehabilitación como SENDA.
Otra de las novedades es que la legislación entrega mayores facultades de fiscalización a la PDI y Carabineros, respecto de las personas que están o deben estar inscritas en el registro de precursores y sustancias químicas.
Volver